Presentaron un amparo para que condenados puedan votar


Se solicitó la declaración de inconstitucionalidad de normas de los códigos Electoral y Penal, resaltándose que el derecho está garantizado de modo enfático.
L a Asociación por los Derechos Civiles (ADC) interpuso ante el Juzgado Federal número 1 porteño, a cargo de la jueza María Servini de Cubría, un amparo colectivo en contra del Estado nacional (ministerios de Justicia y Derechos Humanos y del Interior), en favor del derecho al voto de las personas condenadas por delitos o sancionadas por faltas excluidas del padrón por la legislación vigente.
La ADC expresó que la restricción del derecho al voto prevista en el Código Electoral Nacional y en el Código Penal de la Nación es “ilegal, desproporcionada y claramente contraria a diversos artículos de la Constitución Nacional y de instrumentos internacionales de derechos humanos, en tanto impiden que miles de ciudadanos sufraguen y que la sociedad construya sus resultados electorales con el concurso de sus  votos”.
Los incisos e), f) y g) del artículo 3º del Código Electoral Nacional y el inciso 2 del artículo 19 del Código Penal de la Nación excluyen del padrón de electores a los condenados a pena privativa de libertad por delitos dolosos, por faltas previstas en las leyes nacionales y provinciales de juegos prohibidos y a los sancionados por la infracción de deserción calificada, se encuentren alojados en establecimientos penitenciarios o sometidos a cualquier otro régimen de cumplimiento de la sanción.
La ADC solicitó la declaración de inconstitucionalidad de aquellas normas y la incorporación de los excluidos al padrón correspondiente a las elecciones generales de 2011 y a todas las que se realicen en el futuro.
Mecanismo
En el caso de quienes purgan penas privativas de la libertad, la entidad pidió la aplicación del mecanismo del artículo 3 bis del Código Electoral, previsto para los procesados con prisión preventiva. Respecto a las personas que gozan de libertad ambulatoria, propició su inclusión en el padrón ordinario.

La asociación resaltó que el derecho a votar está garantizado en la Carta Magna de modo enfático y transparente, ya que asegura el pleno ejercicio de los derechos políticos y reconoce la universalidad e igualdad del sufragio. Así, sostuvo que la restricción cuestionada, al reducir el número de electores, debilita el funcionamiento del sistema democrático.

Comentarios

Entradas populares de este blog

Quejas por organización que vende cursos "on line"

Denuncian a médico de Tribunales II por maltrato laboral

Día del Abogado: La nueva generación de oro